La asignación de terrenos estatales, dígase parcelas y solares yermos, para la construcción de viviendas por esfuerzo propio se realiza a personas naturales, que previamente sean autorizados por el Consejo de la Administración Municipal correspondiente.
Se establecen como causales y prioridades para el otorgamiento de parcelas y solares yermos estatales, las siguientes:
- Haber sido afectado por desastres.
- Necesitado en erradicar condiciones de precariedad.
- Casos sociales y albergados.
- Los ubicados en zonas de riesgo, que incluyen peligros sísmicos, desastres naturales.
- Por interés económico-social y madre con más de dos hijos.
Las parcelas a entregar tendrán una dimensión entre 80m2 y 150 m2.
Disposiciones Jurídicas Resoluciones No 54 y 55/14 del Instituto de Planificación Física


1- Que no debe utilizar un lenguaje ofensivo.
2- Que debe ajustarse al tema del artículo.
El gobierno municipal de Mantua se reserva el derecho a no publicar los comentarios que incumplan las políticas anteriores.