Trámites y Servicios

Información útil y acceso a trámites y servicios

Inscripción en el registro de contribuyentes

Inicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivado
 
Valoración:
( 0 Rating )
Pin It

Para la realización de la inscripción en el registro de contribuyentes se tienen en cuenta si se realizará por parte de un ciudadano o por una empresa, entidad o institución; como se describe a continuación.

La persona natural (ciudadano) debe presentar:

  1. Documento de identidad.
  2. Aprobación de la entidad que autoriza la actividad que se ejercerá.
  3. Poder Notarial o Tutoría Legal que acreditan al representante, si el obligado a inscribirse no puede acudir.
  4. Declaración de Trabajadores contratados y Copropietarios.
  5. Documento para la afiliación al Registro de Seguridad Social

La persona jurídica (empresa, entidad, institución) debe presentar:

  1. Certificación de la inscripción en el registro constitutivo correspondiente.
  2. Copia de la Escritura Pública protocolizada u otro documento acreditativo de su constitución.
  3. Documento oficial o poder notarial que acredite a la persona que acude a efectuar la inscripción como representante legal de la entidad.
  4. Declaración de dependencias cuya acreditación en el RC debe hacerla la entidad que actúa en calidad de contribuyente principal, en los 45 días naturales siguientes a su inscripción en la ONAT.

Ambos tipos de contribuyentes deben presentar:

  1. Sellos del timbre por valor de 30.00 pesos en CUP o CUC.

Moneda en que se pagan los sellos

Las personas jurídicas cubanas que operan en pesos cubanos (CUP) y las naturales (cubanas y extranjeras) con residencia permanente en el territorio nacional, pagan en CUP; mientras que las personas jurídicas (cubanas y extranjeras) que operan en pesos convertibles, así como las no residentes permanentes en Cuba, lo hacen en CUC.

 

Escribir un comentario

Para hacer un comentario recuerde:
1- Que no debe utilizar un lenguaje ofensivo.
2- Que debe ajustarse al tema del artículo.
El gobierno municipal de Mantua se reserva el derecho a no publicar los comentarios que incumplan las políticas anteriores.


¿Le ha resultado útil la información publicada en este portal?

¿Hay algún error en esta página? Ayúdenos a mejorar