Trámites y Servicios

Información útil y acceso a trámites y servicios

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Datos de Contactos de la Oficina Nacional De Administración Tributaria Mantua M.N:
Dirección: Calle Antonio Maceo # 539
CP: 22200
Teléfono: 48495153
Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

 

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Para la realización de la inscripción en el registro de contribuyentes se tienen en cuenta si se realizará por parte de un ciudadano o por una empresa, entidad o institución; como se describe a continuación.

La persona natural (ciudadano) debe presentar:

  1. Documento de identidad.
  2. Aprobación de la entidad que autoriza la actividad que se ejercerá.
  3. Poder Notarial o Tutoría Legal que acreditan al representante, si el obligado a inscribirse no puede acudir.
  4. Declaración de Trabajadores contratados y Copropietarios.
  5. Documento para la afiliación al Registro de Seguridad Social

La persona jurídica (empresa, entidad, institución) debe presentar:

  1. Certificación de la inscripción en el registro constitutivo correspondiente.
  2. Copia de la Escritura Pública protocolizada u otro documento acreditativo de su constitución.
  3. Documento oficial o poder notarial que acredite a la persona que acude a efectuar la inscripción como representante legal de la entidad.
  4. Declaración de dependencias cuya acreditación en el RC debe hacerla la entidad que actúa en calidad de contribuyente principal, en los 45 días naturales siguientes a su inscripción en la ONAT.

Ambos tipos de contribuyentes deben presentar:

  1. Sellos del timbre por valor de 30.00 pesos en CUP o CUC.

Moneda en que se pagan los sellos

Las personas jurídicas cubanas que operan en pesos cubanos (CUP) y las naturales (cubanas y extranjeras) con residencia permanente en el territorio nacional, pagan en CUP; mientras que las personas jurídicas (cubanas y extranjeras) que operan en pesos convertibles, así como las no residentes permanentes en Cuba, lo hacen en CUC.

 

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Para la modificación o actualización en el registro de contribuyentes se tiene en cuenta que:

  • Se realiza cuando ocurren cambios que modifican los datos en el Registro de Contribuyentes: traslado, cambio de actividad, régimen, dirección, cuota, local, de representante legal, u otros.
  • El contribuyente debe informarlo, en un término de (30) días naturales.

Para este trámite se presenta el RC-05 Identificación Fiscal Única y los mismos documentos solicitados para la inscripción (excepto los $30.00 en sellos del timbre).

 Baja del registro de contribuyentes

  1. Documento emitido por el órgano rector que acredita la baja.
  2. Todos los documentos con trascendencia tributaria que le fueron entregados.
  3. Documento acreditativo de la cancelación de su inscripción en el registro correspondiente.

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Exención del pago por suspensión temporal del ejercicio del trabajo por cuenta propia, se presentan:

  1. El modelo RC-05 Identificación Fiscal Única
  2. El documento mediante el cual los organismos rectores que autorizan el trabajo por cuenta propia: Dirección Municipal de Trabajo y Seguridad Social (DMTSS), Unidad Estatal de Transporte (UET).....

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