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Procesos penales

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Ante los procesos penales la Fiscalía General de la República mediante el Fiscal designado, durante la Investigación de los delitos o índices de peligrosidad, tiene las facultades siguientes:

  1. Reclamar de los órganos que realizan la investigación la remisión o entrega de las actuaciones sobre denuncias y hechos delictivos, índices de peligrosidad, expedientes investigativos o de fase preparatoria que se encuentren en tramitación, para su examen o para la instrucción por la Fiscalía.
  2. Comprobar periódicamente el cumplimiento de las formalidades y términos legales en los distintos tipos de procedimientos.
  3. Revocar resoluciones ilegales o infundadas del Instructor u otros actuantes, dictando en su lugar las que procedan.
  4. Impartir por escrito indicaciones al Instructor o al órgano de investigación o a la policía, respecto a la realización de acciones de instrucción y diligencias indispensables, la enmienda de errores o insuficiencias de la investigación o la instrucción, la rectificación de quebrantamientos de formalidades u otros defectos en la aplicación de la Ley, las indicaciones sobre la localización y captura de los presuntos autores de delitos y acusados y en cuanto a cualquier otra que tenga por finalidad garantizar el cumplimiento de la ley o el esclarecimiento de los hechos.
  5. Participar en la práctica de cualquier diligencia o acción de instrucción y si resultare necesario, dirigirla por sí mismo.
  6. Asistir, según proceda de conformidad con la ley procesal correspondiente, a los menores de edad y otras personas legalmente incapaces, que intervengan en el proceso como víctimas o testigos, cuando éstos presten declaración o en otras diligencias, siempre que no tuvieran quien los represente o cuando por otras razones tales representantes no puedan o no deban participar en la diligencia.

Cuando las indicaciones impartidas por el Fiscal sean injustificadamente incumplidas por el Instructor u otro actuante en el proceso, aquel puede dirigirse al superior jerárquico de éstos para que se adopten las medidas que procedan, además de que se garantice el cumplimiento de lo indicado, sin perjuicio de las acciones que pudieran derivarse si el incumplimiento o la infracción que motivó la indicación fuera constitutivo de delito.

Nota: Cualquier dato que considere necesario y no se encuentre reflejado en la información, por favor contactar con nuestra sede al teléfono número 48495286.

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